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BODAS CIVILES EN MADRID Los documentos necesarios para celebrar una boda por lo civil son los siguientes: Fotocopias del Documento Nacional de Identidad de los contrayentes, o en su defecto del pasaporte o tarjeta de residencia. Certificado literal de nacimiento actualizado, expedido por el Registro Civil del lugar de nacimiento. Certificado de residencia del ayuntamiento de la población en la que ha residido en los últimos dos años. Certificado de nacionalidad. Certificado de soltería, declaración jurada del estado civil que facilita el juzgado. Fotocopia de los carnés de identidad de los dos testigos que van a estar presentes en la ceremonia del Ayuntamiento.
Las bodas civiles se pueden celebrar en el Registro Civil de Madrid, en algún salón del Ayuntamiento o en los Distritos, aunque es necesario ir primero a los Juzgados donde se rellena una instancia para solicitar el certificado que se deberá presentar en el Ayuntamiento. Este certificado puede llegar a tardar varios meses en emitirse. En la actualidad el número de ciudadanos que contraen matrimonio por lo civil ha superado al de aquéllos que lo hacen a través de una ceremonia religiosa. Por el momento, la única religión u organización que tiene la capacidad de celebrar matrimonios con plenos efectos legales es la Iglesia Católica. |